Oposición
Subalterno de Corporaciones Locales
IMPORTANTE: Las pruebas y requisitos de la convocatoria a la que te presentes son susceptibles de sufrir cambios. Desde la academia te informaremos de manera más concreta sobre la convocatoria que te interesa.
Son muchos los organismos que pueden convocar oposiciones a Subalterno en Barcelona. Cada uno de ellos publica sus propios requisitos, pero en líneas generales, suelen ser los siguientes:
Última convocatoria para el Ayuntamiento de Barcelona de 39 plazas.
Nacionalidad: Tener nacionalidad española.
Edad: Tener 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las tareas.
Titulación: No se exige ninguna titulación prevista en el sistema educativo.
Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constituciones o estatutarios de las Comunidades Autónomas. Ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. No estar inmerso en causa de incompatibilidad de conformidad con lo establecido en la Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Pruebas
Para este Cuerpo, cada Ayuntamiento o Institución puede establecer sus propias pruebas. A continuación, os contamos en líneas generales cómo suelen ser. (NOTA: Para redactar esta información, nos hemos basado en la última convocatoria del Cuerpo de Subalternos del Ayuntamiento de Barcelona.)
El proceso selectivo consta de 3 fases:
- Fase de oposición.
- Fase de concurso.
- Fase de formación práctica selectiva.
Fase de oposición
Consta de 3 pruebas, todas obligatorias y eliminatorias. La puntuación obtenida en esta fase será de un máximo de 60 puntos.
Primera prueba | Test de conocimientos del temario
Consistirá en responder a un cuestionario de máximo 100 preguntas tipo test sobre las materias del programa. Cada pregunta tendrá 4 alternativas de respuesta siendo sólo una la correcta. Consistirá en la realización de un supuesto práctico a elección por el opositor, entre dos propuestos por el tribunal. Todas las respuestas tendrán el mismo valor. Las respuestas erróneas descontarán una cuarta parte del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no restarán puntuación.
Esta prueba tendrá carácter eliminatorio y será calificada de 0 a 60 puntos. Quedarán eliminadas las personas que no tengan una puntuación igual o superior a 30 puntos.
Segunda prueba | Conocimientos de lengua catalana
Los aspirantes tendrán que estar en posesión de un nivel de catalán igual o superior al B2 (antiguo B). Los demás deberán que someterse a una prueba que constará de dos partes:
- Primera parte: Se evaluará el dominio de la expresión escrita, mediante la redacción de un texto de unas 150 palabras. También se valorarán conocimientos de gramática y vocabulario mediante ejercicios de ortografía, morfología, sintaxis y léxico, adecuados al nivel intermedio.
- Segunda parte: Se evaluará la expresión oral por medio de una exposición oral y una conversación sobre temas generales de actualidad.
La duración de este ejercicio será de 90 minutos para la primera parte y de 10 minutos para la segunda.
Esta prueba es eliminatoria. Los aspirantes serán calificados como aptos o no aptos y estos últimos quedarán excluídos del procedimiento selectivo.
Tercera prueba | Conocimientos de lengua castellana
La realización de esta prueba es obligatoria para aquellas personas que no dispongan de la nacionalidad española.
La prueba se dividirá en dos partes:
- Primera parte: Realización de una redacción de 200 palabras como mínimo.
- Segunda parte: Mantener una conversación con los asesores especialistas asignados por el Tribunal Calificador.
El tiempo para la realización de esta prueba no podrá ser superior a 45 minutos para la primera parte y 15 para la segunda.
Esta prueba es eliminatoria. Los aspirantes serán calificados como aptos o no aptos y estos últimos quedarán excluídos del procedimiento selectivo.
Fase de concurso
Esta fase no tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la valoración de los méritos aportados por las personas que hayan superado la fase de oposición.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar la fase de oposición.
Fase de formación práctica selectiva
Las personas que pasen el proceso selectivo serán nombradas funcionarios en prácticas y tendrán que superar un período de formación práctica selectiva de un mes contados desde el día siguiente de su toma de posesión.
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